Seguro de Vida R Montalvo

Seguro de vida

Este plan se ha establecido para todos los empleados de la empresa con las características que se describen a continuación.

SUMA ASEGURADA:

Todos los empleados que acedan a este beneficio quedarán asegurados por una cantidad equivalente a 24 meses de sueldo, en caso de muerte natural, mas una cantidad igual en caso de muerte accidental.

INVALIDEZ:

En el caso de sufrir Invalidez Total y Permanente, el empleado recibirá la suma asegurada, (24 meses de su sueldo) y una póliza de seguro saldado, (es decir sin más pago de primas), para que el día que ocurra su fallecimiento, sus beneficiarios reciban una cantidad igual.

CERTIFICADOS INDIVIDUALES:

A todos los empleados de la empresa se les entregará un certificado individual en el que se indicará el importe de los beneficios por muerte y por accidente. Se indicarán también los nombres y parentesco de los beneficiarios designados, así como las condiciones de la póliza.

DESIGNACION DE BENEFICIARIOS:

Todo el personal asegurado tiene derecho a nombrar con absoluta libertad a sus beneficiarios, que recibirán el pago de su seguro. El asegurado podrá modificar, en el futuro, esa designación cuantas veces lo desee. R Montalvo y Asociados por conducto de la persona asignada en cada una de las plantas les proporcionará las formas impresas correspondientes.

Es importante meditar la designación de los beneficiarios y considerar las diferentes posibilidades o situaciones que pueden presentarse, tales como:

a) Beneficiario sustituto. En previsión de que pudiesen faltar simultáneamente el asegurado y el beneficiario, se puede nombrar a otra persona como beneficiario sustituto, quien solamente cobraría el seguro en caso de que hubiese muerto el primer beneficiario.

b) Beneficiarios menores de edad. Cuando se designa beneficiario a un menor de edad, la compañía de seguros entregará el importe del seguro a quien ejerza la patria potestad o al tutor legalmente nombrado. El asegurado puede designar a una persona mayor de edad para que cobre el seguro por cuenta de los menores, pero ese pago se hará sin responsabilidad ni para la empresa ni para la compañía aseguradora.

c) Repartición de la suma asegurada. Si el asegurado designa varias personas como sus beneficiarios, sin señalar porcentajes, la compañía de seguros liquidará el importe de la póliza entre todos ellos por partes iguales.

Documentación Que Se Deberá Presentar para Reclamar el Beneficio

  1. Solicitud de reclamación de beneficiario(s), requisitada en todos sus puntos. Este documento puedes obtenerlo directamente de nuestro personal en plantas.
  2. Formulario medico sobre las causas de fallecimiento del asegurado (llenado en su totalidad por el médico certificante o tratante) o certificado de defunción en copia certificada.
  3. Declaración de testigos.
  4. Actas de nacimiento y defunción del asegurado.
  5. Acta de nacimiento del/los beneficiario/s.
  6. Acta de matrimonio, en caso de que el cónyuge sea el beneficiario.
  7. Si algún beneficiario ha fallecido, presentar acta de defunción correspondiente.
  8. Identificación oficial del asegurado y beneficiarios en original y copia.
  9. Comprobante de domicilio vigente (no mayor a 3 meses, puede ser recibo del servicio telefónico, luz agua, predial, etc.)
  10. Presentar baja del IMSS.
  11. En caso de MUERTE ACCIDENTAL presentar expediente de ministerio público completo.
  12. En caso de INVALIDEZ deberás presentar:

a) Formato oficial de dictamen de invalidez: MT4-ST4 del IMSS.

b) Presentar el último recibo antes de iniciar la incapacidad.

c) Lo solicitado en los puntos 1,5, 9 y 14

  1. Cuando la suma asegurada se determine por meses de sueldo, incluir el último recibo de nomina y en su caso el último aviso de modificación al salario ante el IMSS.
  2. Si el asegurado ingresó a la empresa después de la última renovación, aviso de alta ante el IMSS o contrato individual del trabajador (copia legible), y copia de los recibos de sueldo de los últimos tres meses.
  3. Certificado y/o Consentimiento-Certificado del seguro, firmados por el asegurado.
  4. Carta de certificación de la reclamación firmada por parte del contratante.